La Justicia no corrige informalidades
El STJ de Córdoba determinó que la judicatura no puede -de oficio- suplir la pasividad, ni la actividad impropia de los sujetos de la relación procesal.
Fuero: Civil
Tribunal: Tribunal Superior de Justicia de Córdoba
Voces: recurso de casación, pasividad de los intervinientes, vicios de notificación