Permiten a funcionaria judicial jubilada ejercer la profesión sin esperar los 2 años por incompatibilidad
La jueza en lo Civil y Comercial N°6 doctora Sonia Elizabeth Filipigh declaró la inconstitucionalidad del artículo que prohíbe durante 2 años a magistrados y funcionarios judiciales jubilados a ejercer la profesión.
Fuero: Civil
Tribunal: Juzgado en lo Civil y Comercial N° 6 de Corrientes
Voces: jubilación de funcionaria judicial, ejercicio profesional de la abogacía, incompatibilidad