No es necesario cuantificar el daño punitivo para entablar demanda por derechos del consumidor
La resolución sostiene que, si el actor efectuó un prolijo y detallado relato de los hechos, corresponde al tribunal la delicada tarea de ponderación y cuantificación de la sanción.
Fuero: Civil
Tribunal: Juzgado en lo Civil y Comercial de 35° Nominación de Córdoba
Voces: daño moral, daño punitivo, derechos del consumidor