El padre de un menor debe abstenerse de subir, difundir y/o publicar en cualquier red social, información, imágenes, videos, o cualquier elemento que pueda identificar el nombre del niño
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil estableció que el progenitor de un menor debe abstenerse de subir, difundir y/o publicar en cualquier plataforma de las redes sociales, información, imágenes, videos, etc., con el nombre del niño, como cualquier elemento que pueda identificarlo.