Derecho a la Salud: No es necesario que ambos estén afiliados al mismo agente de salud para que la obra social o empresa de medicina prepaga deba prestar a una pareja un tratamiento de fertilización asistida
Para que la obra social o empresa de medicina prepaga esté obligada a prestar a una pareja un tratamiento de fertilización asistida previsto en la Ley 26.862, no es necesario que ambos integrantes de la pareja estén afiliados al mismo efector de salud.
Fuero: Civil
Tribunal: Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca
Voces: obra social, tratamiento de fertilización asistida, pareja afiliada a distintos prestadores