El tercero citado a pedido de uno de los accionados no configura un nuevo demandado susceptible de ser condenado
La sentencia dictada en primera instancia en la causa «A., L. A. c/Edesur S.A. y otro s/Despido» hizo lugar a la demanda promovida por despido, resolución que llegó apelada por la citada como tercero, Tivit Argentina S.R.L., a la Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.
Fuero: Laboral
Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo
Voces: despido, falta de legitimación pasiva, solidaridad