JURISPRUDENCIA – DERECHO CONSTITUCIONAL Derecho de propiedad. EXPROPIACIÓN POR CAUSA DE UTILIDAD PÚBLICA. Indemnización. INTERESES. Tasa aplicable. Interpretación normativa.
La parte actora, mediante apoderados, deduce recurso directo en razón de que la Cámara Civil le denegó el recurso de casación motivado en los incisos 1° y 3° del artículo 383 del Código Procesal Civil y Comercial. El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba hizo lugar al recurso de casación.
Tribunal: T.S.J. Sala Civil y Comercial
Voces: derecho de propiedad, expropiación por causa de utilidad pública, indemnización