La Corte precisó la exención del IVA para la actividad aeronáutica.
Se analizó el alcance de beneficios tributarios para tareas relacionadas o conexas al transporte internacional por vía aérea de personas y cargas. La mayoría del tribunal estimó que los servicios de las firmas quedaban comprendidos. La Corte Suprema se pronunció en las causas “Garman” y “Baxxor”, sobre el alcance de beneficios tributarios para actividades relacionadas o conexas al transporte internacional por vía aérea de personas y cargas. Por mayoría, la Máxima Instancia definió la interpretación que debe hacerse del…