Si es funcional a la empresa, vale cambiar el lugar de trabajo.
La Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo resolvió que una empleadora ejerce válidamente su derecho para modificar unilateralmente el lugar de trabajo si ello responde a una cuestión funcional de la empresa. En “Álvarez, Javier Alejandro c/ Sertec Servicios y Tecnología en Limpieza SA s/ Despido”, el actor apeló la sentencia que consideró que no existió un exceso del ius variandi al modificar el lugar de trabajo. La accionada, una empresa de limpieza, asignó a…