JURISPRUDENCIA – LESIONES LEVES CULPOSAS AGRAVADAS ocasionadas por la conducción de un vehículo con motor. Ausencia de semaforización.
Un juzgado de control de la ciudad de Córdoba resolvió sobreseer al imputado en autos a pedido del fiscal de instrucción por el delito de lesiones culposas agravadas (art. 94 bis del Código Penal) bajo la causal del art. 350 inc. 4 del Código Procesal Penal (extinción de la acción penal).
Tribunal: Cámara de Acusación Córdoba
Voces: lesiones leves culposas agravadas, ausencia de semáforos, encuadre típico