JURISPRUDENCIA – DERECHO PROCESAL. Sanciones procesales. PROBIDAD Y BUENA FE PROCESAL (art. 83, CPC.) Presupuestos de procedencia. Elemento subjetivo. Intención de perturbar el proceso. Imposición de la sanción con fundamento en presunciones. Ausencia de prueba corroborante. Rechazo.
La juez de primera instancia impuso una sanción procesal a la letrada de la parte actora, en los términos del artículo 83, del Código Procesal Civil y Comercial. Fundó tal sanción en que, aquella no había denunciado la transferencia de la porción indivisa de que era titularidad el actor, con apoyo en diversas presunciones. La letrada planteó recurso de apelación en contra de la imposición de la sanción.
Tribunal: Cám. Civ. y Com. de 5ª Nom. (Córdoba)
Voces: sanciones procesales, probidad…