Haber obtenido las mayorías legales no es suficiente, por sí, para dotar de eficacia a la propuesta de acuerdo formulada por el deudor
En la causa «Romario S.R.L. s/ Concurso preventivo», la concursada Romario S.R.L. habría logrado las mayorías respecto de las propuestas de acuerdo presentadas, sin recibir impugnación alguna en los términos del art. 50 de la LCQ.
Fuero: Comercial
Tribunal: Juzgado Nacional en lo Comercial N°14, Secretaría N°27
Voces: concurso preventivo, propuesta de acuerdo, eficacia de las mayorías legales