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Las medidas de prueba anticipada que conducen a sustraer documentación contable de una sociedad deben acordarse con criterio restrictivo

En las actuaciones «T. V., M. N. c/ BBVA Banco Francés S.A. s/Prueba anticipada», la parte actora apeló la decisión mediante la cual se rechazó la producción de la prueba anticipada en los términos del art. 326 CPCC, a saber «secuestro de toda documentación, libros y registros que se refieran a su parte y que obran en poder del banco accionado».

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