Doctrina de la CSJN: El dictado de una condena no firme es el único acto que interrumpe la prescripción de la acción penal y es obligatorio para todos los tribunales judiciales del país
La doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación relativa a que el dictado de la condena no firme es el único acto que interrumpe la prescripción de la acción penal, es de seguimiento obligatorio para todos los tribunales judiciales del país.