JURISPRUDENCIA – FILIACIÓN. Falta de reconocimiento filiatorio. DAÑO MORAL: Valoración de la conducta procesal. Restricción a la capacidad del hijo no reconocido. Daño cierto. Imposibilidad de gozar de un nivel de vida mejor y adaptado a su especial disminución psicofísica conforme su especial condición y las aptitudes económicas del progenitor. COSTAS: como parte de la indemnización debida. MINISTERIO PÚBLICO: Omisión de la obligación inherente a su función de actuar, sea en forma principal o complementaria, en la defensa y ejercicio de los derechos de las personas incapaces o con capacidad restringida.
En contra de la sentencia de primera instancia que admitió la indemnización por daño moral, condenando al accionado al pago de la suma de $55.000,00 a cada uno de sus hijos biológicos, con más los intereses calculados conforme la tasa activa promedio mensual del Banco de Corrientes SA, desde la fecha de la notificación de la demanda y hasta su efectivo pago y fijó, en concepto de daño material para M. M. M. la suma equivalente al 20% del…