No había temeridad de la empleadora y no deberá pagarle a su exempleado por ello
La Sala Primera de la Cámara de Apelaciones del Trabajo revocó la condena al pago de intereses por temeridad y malicia que le fuera impuesta en primera instancia a una empresa.
Fuero: Laboral,
Tribunal: Sala Primera de la Cámara de Apelaciones del Trabajo,
Voces: inasistencias injustificadas, despido con causa justa,