JURISPRUDENCIA – PLENA JURISDICCIÓN. Derecho tributario. Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Determinación de oficio. Suspensión de la ejecución del acto administrativo. Requisitos. Interpretación. Multa. Recargos resarcitorios. Naturaleza punitoria. CONTRACAUTELA. Modificación legislativa.
La Cámara Contencioso Administrativa de Segunda Nominación de la ciudad de Córdoba hizo lugar parcialmente al pedido de suspensión de la ejecución del acto administrativo -art. 19, Ley N.° 7182- aprobatorio de una determinación tributaria subsidiaria practicada de oficio por la Dirección de Inteligencia Fiscal que declaró al contribuyente obligado al pago de diferencias de Impuesto sobre los Ingresos Brutos, multa por infracción a los deberes sustanciales y recargos resarcitorios.
Tribunal: Cám. Cont. Adm. de 2ª Nom. (Córdoba)
Voces: plena…