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JURISPRUDENCIA – PLENA JURISDICCIÓN. Derecho tributario. Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Determinación de oficio. Suspensión de la ejecución del acto administrativo. Requisitos. Interpretación. Multa. Recargos resarcitorios. Naturaleza punitoria. CONTRACAUTELA. Modificación legislativa.

La Cámara Contencioso Administrativa de Segunda Nominación de la ciudad de Córdoba hizo lugar parcialmente al pedido de suspensión de la ejecución del acto administrativo -art. 19, Ley N.° 7182- aprobatorio de una determinación tributaria subsidiaria practicada de oficio por la Dirección de Inteligencia Fiscal que declaró al contribuyente obligado al pago de diferencias de Impuesto sobre los Ingresos Brutos, multa por infracción a los deberes sustanciales y recargos resarcitorios.
Tribunal: Cám. Cont. Adm. de 2ª Nom. (Córdoba)
Voces: plena…

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Facturas apócrifas: la Justicia, mediante un nuevo fallo, renueva la doctrina de la Corte Suprema que remarca la importancia de las pruebas

Una sentencia de la Cámara de Apelaciones resulta ejemplar al hacer especial énfasis en todos los medios probatorios desplegados
Fuero: Contencioso Administrativo
Tribunal: Juzgado Federal de Primera Instancia, en lo Contencioso Administrativo Federal
Voces: facturas apócrifas, medios de prueba, derecho tributario

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