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Reconocen el derecho de defensa de empresas imputadas penalmente.

Al igual que el fiscal del caso, la Cámara de Apelaciones de Mar del Plata entendió que el artículo 72 del Código Procesal Penal de la Nación no limita a personas físicas el carácter de encausado. En coincidencia con el dictamen del titular de la Fiscalía General, la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata hizo lugar al recurso interpuesto por el apoderado legal de una empresa en contra del fallo de primera instancia que le negó a…

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