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JURISPRUDENCIA – TUTELA ANTICIPADA. COVID-19. DECLARACIÓN DE EMERGENCIA DEL ESTADO NACIONAL. PROHIBICIÓN DE DESPEDIR (DNU N.° 329/2020). Finalidad. Alcance. CONTRATO A PLAZO FIJO (art. 90, LCT). LIBERTAD DE CONTRATAR. Verosimilitud en el derecho, peligro en la demora. Inexistencia. REINSTALACIÓN. Improcedencia.

La parte demandada dedujo recurso extraordinario provincial en contra del pronunciamiento que ordenó la reinstalación de la trabajadora y declaró la nulidad de la desvinculación. Sostuvo que la decisión lesionó su derecho de defensa porque fue dictada sin haber valorado toda la prueba ofrecida por su parte.

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