RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL (art. 14, ley 48). Doctrina de la arbitrariedad. Configuración. CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS. Vigencia en el derecho (art. 1623, CC y art. 1251, CCC). PRESUNCIÓN del ART. 23 de la LCT. Carácter iuristantum. PROFESIONES LIBERALES (NEUROCIRUJANO). Análisis del contexto fáctico y probatorio. Injerencia directa del actor en la organización de los medios personales. PRESTACIÓN DE SERVICIOS DURANTE 7 AÑOS. Ausencia de reclamos de ninguna naturaleza. AJENIDAD EN LOS RIESGOS. Importancia. SUBORDINACIÓN JURÍDICA, TÉCNICA Y ECONÓMICA. Inexistencia. CONDENA SOLIDARIA (art. 29, LCT). Improcedencia.
El Caso: Los codemandados (Asociación Civil Hospital Alemán y Rodolfo Federico Hess) interpusieron queja por denegatoria del recurso extraordinario federal deducido contra la sentencia de la Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, la cual, al confirmar parcialmente la de primera instancia admitió la demanda entablada en su contra por un despido sin causa y por falta de registro del actor (médico neurocirujano). El tribunal a quo sostuvo que “en los últimos cincuenta años ningún civilista destacado…