JURISPRUDENCIA – REMUNERACIONES. VIÁTICOS SIN RENDICIÓN DE CUENTAS. Naturaleza. CARÁCTER REMUNERATIVO (art. 1, Convenio N.º 95 OIT -art. 75, inc. 22 CN-, arts. 103 y 106, 1era parte, LCT). Precisiones. COMPENSACIÓN POR TARIFA TELEFÓNICA. CARÁCTER NO REMUNERATIVO. Aplicación general. Precisiones. Rubro convencional de larga data. Conquista gremial. MONTO ÚNICO ACORDADO POR ACTA. Contraprestación por las tareas brindadas. CARÁCTER REMUNERATIVO.
Ambas partes impugnaron el pronunciamiento que admitió parcialmente la demanda. Los actores cuestionaron que se desestimara el carácter remunerativo de los ítems “viáticos sin rendición de cuentas” (art. 51 bis., CCT N.º 201/02 -acta 25/06/09-) y “Compensación Tarifa Telefónica” (art. 66, CCT N.º 201/92, acta 28/06/94). Denunciaron que el Sentenciante se apartó del art. 1 del Convenio N.º 95 de la OIT -art. 75, inc. 22, CN- y los arts. 103 y 106, 1era parte de la LCT y…