JURISPRUDENCIA – GUARDA CON FINES DE ADOPCIÓN A UN PARIENTE. Etapas del procedimiento. Declaración en situación de adoptabilidad. Vínculo filial paterno indeterminado. ENTREGA DIRECTA: Procedimiento iniciado durante la vigencia del Código Velezano. Determinación del derecho aplicable. Art. 7 CCYC. Pretensos adoptantes no inscriptos en el RUAGA. Contralor judicial.
El a quo resolvió declarar en situación de adoptabilidad y otorgar la guarda con fines de adopción de una niña de casi 3 años de edad -con vínculo filial paterno indeterminado-, a parientes con quienes convivía desde su tercera semana de vida, luego de la entrega directa que de la misma efectuara la progenitora (sobrina nieta y ahijada de bautismo de la pretensa guardadora).