La justicia rionegrina revocó el amparo a las comunidades originarias que impedía la actividad minera
El fallo del juez Muscillo hacía lugar a una medida colectiva de las comunidades mapuches, ordenaba la realización de la consulta previa y prohibía el ingreso al territorio y toda actividad de las mineras en la provincia. La polémica resolución será recurrida en instancias nacionales e internacionales.
Fuero: Contencioso Administrativo
Tribunal: Superior Tribunal de Justicia de Río Negro
Voces: explotaciones mineras, comunidad originaria, recurso de apelación