JURISPRUDENCIA – DERECHO DE DAÑOS. Daño moral. Deuda de valor. Cuantificación. INTERESES MORATORIOS. Cómputo. Tasa aplicable. Interpretación normativa.
La parte actora interpone recurso de casación con invocación de los motivos que prevén los incs. 1º y 3º del art. 383 CPCC, contra la sentencia dictada por la Cámara de Apelaciones. El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba hizo lugar a la casación.
Fuero: Civil y Comercial,
Tribunal: T.S.J. Sala Civil y Comercial,
Voces: daño moral, deuda, intereses moratorios, tasa, interpretación, casación, sentencia,