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Alquiler para la ex

La Cámara Civil confirmó que una mujer deberá abonarle un canon locativo a su expareja por el uso de la vivienda que fue sede de la unión convivencial. El monto deberá actualizarse de acuerdo a la nueva ley de Alquileres.
Fuero: Civil
Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil
Voces: compensación por el uso de vivienda, fijación de renta, canon locativo

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Demanda equivocada: Demandó a la pareja de su ex cónyuge, por el pago de un cannon locativo por vivir en la casa que era el hogar conyugal antes de su separación

El cónyuge que pretenda el pago de un canon locativo por el uso del hogar conyugal, debe entablar la demanda contra su ex cónyuge, y no, contra la nueva pareja de esta, que también habita en el inmueble.

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VIOLENCIA FAMILIAR. Diagnóstico de Interacción Familiar a cargo del Cuerpo Interdisciplinario. Indicación de la situación de peligro y riesgo que eventualmente pueda producir el levantamiento de la medida. DESALOJO. Intolerancia al ejercicio de esta acción para obtener otros fines que no sea la protección contra la violencia. CANON LOCATIVO: exceso en el marco de actuación previsto por las leyes de protección contra la violencia familiar en las que la adopción de medidas urgentes están destinadas a neutralizar la situación de crisis concreta.

El Caso: La Cámara, por mayoría, confirmó lo resuelto por el a quo respecto al mantenimiento de la medida cautelar (restricción y exclusión) dispuesta entre tía y sobrino, debiendo procederse a la inmediata realización del diagnóstico de situación familiar por parte del Cuerpo Interdisciplinario, e intimando a la parte actora para que se abstenga de realizar modificaciones de hecho y de derecho en el inmueble. Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial Sala III, Corrientes, 14/02/2018, “M., L. E….

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