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Un Tribunal porteño confirmó la nulidad de una notificación realizada mediante correo electrónico. Los jueces consideraron que el medio «no fue el específicamente escogido» por la parte querellante. La Cámara de Apelaciones Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad confirmó una resolución de grado en cuanto declaró la nulidad de una notificación mediante correo electrónico. Así, los jueces dispusieron devolver el legajo a la fiscalía interviniente para que envíe una notificación al domicilio físico constituido por la parte…

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