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Acoso en el trabajo: Se rechaza mantener la vigencia del contrato laboral, pero sí se mantiene la cobertura de la obra social de la empleada que sufrió acoso sexual, ya que no se puede asegurar que la víctima no tenga contacto con el accionado en el lugar de trabajo

Improcedencia del mantenimiento cautelar de la vigencia del contrato de trabajo cuando se ha denunciado acoso sexual laboral y se carece de elementos que permitan cerciorarse de que el lugar de trabajo posibilita la ausencia de contacto entre las partes.
Fuero: Laboral
Tribunal: Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Laboral de Venado Tuerto
Voces: contrato de trabajo, acoso laboral, ausencia de contacto entre las partes

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