JURISPRUDENCIA – EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO. DESPIDO INDIRECTO. Improcedencia. INJURIA: desconocimiento de la relación laboral. CONTEMPORANEIDAD. Inexistencia. TIEMPO TRANSCURRIDO DESDE LA NEGATIVA DE LA EMPLEADORA. Trascendencia.
La accionada dedujo recurso de casación en contra del pronunciamiento que entendió ajustado a derecho el despido indirecto en que se colocó la trabajadora. Se agravió porque el Juzgador, pese a reconocer el excesivo tiempo transcurrido -siete meses- entre la contestación de su parte al requerimiento de la actora y el posterior distracto en el Ministerio de Trabajo, entendió que la negativa de la existencia del vínculo configuró causa suficiente para justificar el despido indirecto y admitió las indemnizaciones…