Mejor a pie que arriba de una ambulancia
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil consideró que la empresa contratada para el traslado de pacientes, la dueña del móvil, su seguro y la obra social resultan responsables por los daños que sufrió el actor cuando se dirigía para efectuar su tratamiento de rehabilitación, en el asiento delantero destinado al acompañante de la ambulancia y participó de una colisión con otro automóvil. Corresponde condenar en los términos del art. 1113 del CC. a la empresa contratada para…