Buenos Aires deberá extremar medidas para que licenciados en óptica ocular y optometría no realicen diagnósticos en materia oftalmológica
Así lo estableció la Suprema Corte bonaerense al encomendar al Ministerio de Salud provincial que los matriculados en el Registro Único de Prestadores deben desarrollar su actividad con estricto apego a los alcances de su título
Fuero: Público,
Tribunal: Suprema Corte bonaerense,
Voces: medidas, licenciados, óptica ocular, diagnóstico, optometría, oftalmólogo, recetas, matriculados, alcance de título,