Las afirmaciones de un desconocido en una red social, que no confirma sus dichos ante el Tribunal no puede ser fuente de un despido causado, por vulnerar el derecho de defensa del trabajador
La Cámara del Trabajo de Mendoza estableció que las afirmaciones de una persona desconocida en una red social, que no confirma sus dichos ante el Tribunal y que no es interrogado libremente por las partes, no puede ser fuente de un despido causado, pues pondría en jaque el derecho de defensa y las garantías procesales del trabajador.