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JURISPRUDENCIA – PRÁCTICA RELIGIOSA. VIOLENCIA DE GÉNERO. DERECHOS DE LA MUJER. PROHIBICIÓN DE DISCRIMINAR: escrutinio estricto. PROGRESIVIDAD: imposibilidad de regresión.

El Juzgado de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género de 4.° Nominación de la ciudad de Córdoba, a raíz de una denuncia por discriminación formulada por una mujer que integra la comunidad religiosa islámica, reconoció el derecho a rezar en la mezquita en el mismo espacio físico que ocupan los hombres, sin una barrera física que la separe de ellos, además del derecho a compartir alimentos y a participar en otras actividades del culto con hombres, tal como…

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