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Adopción integrativa: Quedó demostrada la existencia de un vínculo de afecto estrecho entre el peticionante y la niña, a quien ha ahijado desde que tenía 2 años, cumpliendo el rol de papá.

Debido a la existencia de un vínculo de afecto estrecho, se admite una adopción integrativa.
Fuero: Familia
Tribunal: Juzgado de Niñez, Adolescencia y Familia de Roque Sáenz Peña
Voces: interés superior del niño, derecho a la identidad, adopción integrativa

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