Los jueces se pueden equivocar
La Corte Suprema recordó que la sola circunstancia de haber sido absuelto en la causa penal no basta para responsabilizar al Estado por los daños sufridos por quienes fueron detenidos.
Fuero: Penal,
Tribunal: Corte Suprema,
Voces: privación ilegitima de la libertad, demanda por daños, acusados de asociación ilícita,