El TSJ rechazó la acción de amparo que objetaba la guía que regula los abortos no punibles.
Por mayoría, el Alto Cuerpo consideró que no había un caso judicial y que la asociación Portal de Belén solo discrepaba con lo que posibilita el Código Penal. Por mayoría, el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) concluyó que la asociación Portal de Belén solo había planteado una mera discrepancia subjetiva con el permiso excepcional de abortar sin consecuencias punitivas que el Código Penal (art. 86, incs. 1 y 2) le concede a la mujer particularmente cuando es…