Sobreseído de asociación ilícita aún está suspendido para ejercer la abogacía
El sobreseimiento del delito de asociación ilícita, hace 6 años, no impide aplicar la suspensión por un año en el ejercicio de la abogacía. (2´15´´)
Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal.
Voces: asociación ilícita, suspensión del ejercicio, abogacía.