Info:
Recuerde que también puede hacer consultas por WHATSAPP a +5493517728472 y por e-mail a informes@actualidadjuridica.com.ar, Servicio al Cliente lo atenderá de lunes a viernes de 09:00 a 19:30 hs. Va ser un placer recibir su consulta.
¿Qué se requiere para que proceda el abandono de trabajo?

En la causa «R., L. A. c/Administración Nacional de la Seguridad Social ANSES s/Despido» la sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda; resolución que fue apelada por la demandada. 
Fuero: Laboral,
Tribunal: Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo,
Voces: empleadora remitió carta documento anunciando despido, abandono del trabajo, conducta omisiva por el trabajador, ruptura del vínculo,

Leer más