JURISPRUDENCIA- ADOPCIÓN. REGLAS DE COMPETENCIA. CENTRO DE VIDA. Noción. Arts. 615, 706 y 716 del CCYC. CRITERIO DE LA CSJN. Principios procesales de celeridad e inmediatez.
El Caso: La jueza de 1era. Instancia de Deán Funes dispuso su inhibición en el marco de un proceso de adopción y la remisión de los obrados al Juzgado de Niñez, Juventud y Violencia Familiar de 5° Nominación, Sec. 6 (Ex Menores 5a Prevención, Sec. 6), de la ciudad de Córdoba. Para así decidir, se ciñó a la primera parte del art. 615 del C.C. y C. que fija la competencia para estos casos del juez que otorgó la…