Sus perros mordieron a un vecino y ahora deberá indemnizarlo.

Una mujer de Río Colorado deberá indemnizar a un vecino con 17.000 pesos más intereses luego de que sus perros escaparan de su vivienda y atacaran al hombre en la vía pública, causándole lesiones y dañando la motocicleta en la que éste se trasladaba.

La sentencia fue dictada en un proceso de menor cuantía que tramitó ante el Juzgado de Paz a cargo de Daniela Alberdi. En su sentencia la jueza tuvo por acreditado que el 23 de noviembre de 2018 dos perros pertenecientes a la demandada “atacaron, mordieron y lesionaron” al vecino y que “los mismos se encontraba sueltos y sin correa en la vía pública”. Se constató también que le provocaron un daño directo en su motocicleta y sus ropas y que producto del episodio el hombre sufrió daño moral y lucro cesante por verse imposibilitado de trabajar. Al ser notificada del reclamo la mujer admitió que “efectivamente sus perros rompieron un vidrio y la persiana para salir a la calle” y que asistió al vecino damnificado, llevándolo a la guardia del hospital y comprando la medicación indicada por el doctor que lo atendió. A la hora de resolver la jueza también tuvo en cuenta que ante el mismo Juzgado de Paz a su cargo tramita otro expediente contravencional “en los que ya se ha denunciado y reconocido la ocurrencia de un hecho muy similar con perros que encontrándose al cuidado de la demandada atacaron una motocicleta y al denunciante, haciendo que el mismo se caiga”. En materia de responsabilidad objetiva civil, la jueza citó el artículo 1757 y sus correlativos del Código Civil y Comercial de la Nación. La norma establece que “Toda persona responde por el daño causado por el riesgo o vicio de las cosas” de las que es dueño o guardián, previsión que comprende “el daño causado por animales, cualquiera sea su especie”. En ese punto citó doctrina que ha definido que “el ser titular o servirse de un animal doméstico, domesticado o feroz, crea una situación de peligro, porque se trata de una cosa animada que en muchas oportunidades no puede ser controlada. Esa imposibilidad de vigilancia y autoridad sobre el animal crea un riesgo, lo que conduce a proteger a los damnificados por el hecho que produzca”.

Fuente: Poder Judicial Rio Negro

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