El Caso: El a quo dispuso el procesamiento de la encartada en orden a los delitos que tipifican los artículos 139, inciso 2° y 146 del Código Penal. La decisión fue embestida por la defensa oficial. La Cámara Federal de Apelaciones resolvió confirmar la resolución apelada en cuanto fue motivo de recurso, modificando la significación jurídica asignada, por cuanto se considera a la opugnante, prima facie autora del delito de alteración de la identidad de un menor (arts. 45 y 139, inc. 2°, C.P.) y reduciéndose a cien mil pesos -$100.000- el embargo trabado sobre sus bienes.
Cámara Federal de Apelaciones de San Martín, 01/06/2018, “B. L. N. J. y otro s/ sustracción de menores de 10 años (art. 146) – texto original del C.P. Ley 11.179”