Su hijo la maltrataba y se quedaba con su sueldo: tiene 94 años y pudo mejorar por la intervención de su nieta, organismos proteccionales y el Juzgado de Paz

Una mujer de 94 años pudo recuperar el manejo de su dinero y salir de situaciones de maltrato psicológico, emocional y económico tras un fallo del Juzgado de Paz, la intervención del área Desarrollo Humano y Articulación Solidaria y la contención de su nieta.

Todo comenzó a partir de una denuncia en la cual se daba cuenta que la adulta mayor “se encontraría en situación de vulneración de derechos por parte de su hijo y su nieto”. Los tres vivían en la casa de la mujer.

Se le otorgó intervención a la Subsecretaria de Adultos Mayores, pero cuando la asistente social fue al domicilio, no le permitieron el acceso.

La situación de la mujer

Según los testimonios el nieto y el hijo“se aprovecharían de la situación en que se encuentra la adulta mayor, haciéndose cargo de su casa y administrando sus ingresos”, que provienen de una pensión y una jubilación.

Incluso dieron cuenta que “hace un mes que no tiene gas” y cocinan con leña, porque no pagaron. Una autoridad policial informó en el expediente que el nieto “cuenta con un importante prontuario delictual, sumado a la problemática de consumo que padecería”.

Incluso cuando falleció el marido de la anciana, el hijo “le hizo firmar documentación por el seguro y otros papeles a su favor”. La nieta, con preocupación, relató que la mujer “no toma la medicación como corresponde” y tampoco la llevaban a su médico.

Finalmente se produjo una visita a la vivienda de la abuela. Allí relató que que tiene diabetes y debe comer carne pero su hijo no le compra. También manifestó que estaba sola de noche y que su hijo le cobraba el sueldo. Aseguró que ella quería que su nieta cobrara la pensión y la jubilación.

Respecto al gas, manifestó que le retiraron el medidor por falta de pago, aunque ella le dio el dinero a su hijo para que abone. Además, el hijo le retuvo el documento y se niega a devolvérselo.

El fallo

La sentencia enmarcó el caso como de violencia familiar, citó el Código Procesal de Familia en su artículo 136.

Luego definió los conceptos de violencia emocional, psicológica y económica. “El Artículo 9 de la Convención Interamericana sobre Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores establece el derecho a la seguridad y a una vida sin ningún tipo de violencia de la persona mayor, la persona mayor tiene derecho a recibir un trato digno y a ser respetada y valorada”, añadió.

Finalmente dispuso la exclusión del hogar para el hijo. Solo podrá llevarse “ropas, efectos personales y elementos de trabajo”. Le prohibió acercarse a menos de 300 metros del domicilio. También ordenó rondas policiales periódicas cercad de la vivienda.

Asimismo, determinó que “debe abstenerse de actos de violencia o efectuar reclamos por cualquier vía de comunicación, incluyendo redes sociales que hagan mención a la situación familiar”.

Además, prohibió que “retire dinero de la cuenta bancaria” donde la mujer recibe su jubilación y pensión. Asimismo, “deberá reponerle el DNI y la tarjeta de débito”.

“Las medidas ordenadas se disponen bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de desobediencia judicial y remisión de las actuaciones a instancia del fuero penal”, indicó.

En el mismo sentido, ordenó al banco para evitar que el hijo retire dinero o efectúe gestiones. Además, resolvió “mantener la intervención de la Subsecretaria de adultos Mayores dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Río Negro”.

Por último, requirió a Camuzzi la reconexión del gas natural “con especial consideración para la realización de un plan de pago de lo adeudado por dicho servicio”.

Un cambio sustancial

Luego del fallo, un informe del Equipo Técnico Provincial de la Subsecretaría de Adultos Mayores, que mantuvo una entrevista domiciliaria con la abuela para “evaluar el contexto habitacional y social”, dio cuenta de los cambios positivos.

“En la entrevista se observa que actualmente el contexto socio-familiar de la Sra. se encuentra reestructurado y fortalecido, dado que se encuentra con el acompañamiento de su nieta -quien se mudó a su domicilio- y su nuera, quien la acompaña en el horario de la noche, momento en que la nieta trabaja”, dice el informe.

“Cabe destacar que dicho cambio en la dinámica familiar, permite que la persona mayor se sienta contenida y segura en su hogar, e incorporar hábitos saludables respecto a alimentación, higiene, estudios médicos y administración de su dinero”, añade.

Explicó que más allá que el excluido del hogar “no hizo entrega de la documentación de la adulta mayor, la Sra y su nieta gestionaron el nuevo DNI e informaron al Banco que sólo podrá retirar dinero de sus haberes por caja la titular”.

De esta manera, la adulta mayor “cuenta con todos los servicios básicos, cabe remarcar que el servicio de gas que había sido suspendido por falta de pago fue regularizado producto a las estrategias y la articulación con Desarrollo Social del Municipio de San Antonio, por lo que actualmente cuenta con gas natural, agua potable y servicios de luz”.

Fuero: Civil
Tribunal: Juzgado de Paz de San Antonio
Voces: maltrato psicológico, contención, situación de vulnerabilidad

Fuente: justicia río negro

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