La medida la solicitó el mismo Instituto de Previsión Social y rige por 15 días hábiles a partir del 3 de agosto. La suspensión comprende los expedientes en las que el Instituto figure como actor o demandado, incluyendo los procesos de amparo.
El Superior Tribunal de Justicia aprobó por Acuerdo 13/2020, punto 12° la solicitud del Instituto de Previsión Social de Corrientes (I.P.S) en las que el organismo intervenga como actor o demandado, por un lapso de 15 días a partir del lunes 3 de agosto.
El requerimiento está relacionado con que el sistema informático de gestión interna del organismo se encuentra fuera de servicio, por haber sido objeto de un ataque informático que actualmente impide ingresar a las aplicaciones y archivos de uso diario.
EL I.P.S. señaló que el hecho de no contar con su sistema informático de gestión acarrea grandes perjuicios para el normal desenvolvimiento de las distintas áreas y actividades a su cargo, tales como Representaciones Judiciales, Dictámenes Jurídicos; Departamento Previsional, Iniciación de Beneficios y División de Difusión.
Imposibilidad de cumplir con lo ordenado
Destacó que si bien los expedientes físicos se hallan a resguardo, resulta imposible localizar en qué área se encuentran, a fin de cumplimentar con lo ordenado por los Jueces.
El Superior Tribunal de Justicia consideró hacer lugar al pedido para evitar que ante esta situación el I.P.S. quede en estado de indefensión.
Fuente: Justicia Corrientes
Fuero: Procesal
Tribunal: Superior Tribunal de Justicia de Corrientes
Voces: plazos procesales, previsión social, sistema informático fuera de servicio