Solidarios en todo

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo declaró que la responsabilidad solidaria se extiende por fraude laboral a todos los incumplimientos laborables, y no únicamente a los que tengan relación directa con los defectos de registración.

Corresponde confirmar la resolución que consideró ajustado a derecho el despido indirecto en el que se colocó la trabajadora ante el silencio de la demandada a la intimación cursada a efectos de que se regularicen los defectos registrales, toda vez que logró acreditar la fecha de ingreso y el horario de trabajo denunciados en el escrito de inicio (arts. 242 y 246 LCT).

Corresponde confirmar el rechazo de las diferencias salariales reclamadas por la actora la cual sostiene que debieron tomarse las escalas salariales del convenio aplicable de acuerdo a su categoría, pues la misma no logró probar la remuneración denunciada y su cuestionamiento no resulta suficiente para revertir el panorama, toda vez que incumple con los términos del art. 116 de la LO, en tanto no indica a cuanto debería ascender el importe que debió considerarse como base de cálculo.

Corresponde confirmar el progreso de la indemnización prevista en el art. 2 de la Ley 25.323, pues ha quedado demostrado que la actora intimó fehacientemente a la empleadora, obligándola a iniciar acciones judiciales a fin de que se le reconozca su derecho.

Corresponde confirmar el progreso de las indemnizaciones previstas en los arts. 9 y 15 de la Ley 24.013, pues resulta abstracto expedirse sobre la ausencia de verificación de deficiencias registrales, toda vez que se propuso confirmar ajustado a derecho el despido indirecto en el que se colocó la trabajadora.

Corresponde extender la condena solidaria respecto de la codemandada ya que ésta medida debe ser total, pues el fraude laboral -en este caso, incorrecta registración de la fecha de ingreso y la jornada de trabajo- se extiende a todos los incumplimientos laborables y no solamente a los que tengan relación directa con la defectuosa registración.

Fuente: MicroJuris.

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