Sin sanción para los dueños de Flecha Bus que quisieron estafar a la AFIP

La Cámara Federal de Apelaciones de Paraná revocó el procesamiento del empresario Guillermo Derudder, propietario de Flecha Bus, en la causa donde estaba acusado por haber pergeñado una operación contable para evadir el pago de aportes sociales por más de 20 millones de pesos.

El empresario Guillermo Derudder, uno de los dueños de Flecha Bus, recibió un guiño favorable de la justicia: la Cámara Federal de Apelaciones revocó su procesamiento en una causa que se inició por haber desarrollado una maniobra para engañar al fisco y, de esa forma, evadir el pago de contribuciones de la seguridad social.

La resolución también fueron alcanzó a los empresarios Dino Francisco Paccot y Mirta Susana Messina, que integran el holding que maneja casi la totalidad del transporte público de pasajeros en la provincia de Entre Ríos.

El tribunal revocó el procesamiento de Derudder, Paccot y Messina, como gerentes de la Empresa San José SA, por el delito de simulación dolosa de pagos, por haber pergeñado una compleja maniobra contable para generar un saldo de libre disponibilidad, con el objetivo de no pagar al fisco con dinero real sino por compensación y evadir el pago de 20.402.395,38 pesos que adeudaba la firma al año 2014 por distintos períodos fiscales.

Concretamente, la empresa presentó a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) certificados de retenciones “falsos” que le permitían generar un saldo favorable de libre disponibilidad que utilizaron para simular el pago de la deuda por aportes previsionales de los trabajadores de la Empresa San José. Por esa maniobra podrían caberles penas de dos a seis años de prisión.

Lo que alegaban los abogados defensores es que, por un lado, los empresarios hicieron un convenio de pago para cancelar la deuda fiscal en sesenta cuotas, por lo tanto, “no hay razonabilidad en este delito si no hay un monto que el fisco no ha recibido”; y eso da pie al otro argumento, de que corresponde el sobreseimiento por aplicación de la ley de blanqueo, que prevé la extinción de la acción penal por el pago total y definitivo de la deuda.

En primera instancia, el juez Leandro Ríos consideró que el delito de simulación dolosa de pagos está excluido de la ley de blanqueo y tampoco los empresarios han cancelado la deuda con el fisco, por lo tanto, rechazó la pretensión defensista. Sobre el primer punto, el magistrado viene sosteniendo el mismo criterio en casos similares, y ha sido refrendado por la Cámara Federal de Casación Penal; respecto de la segunda cuestión, la misma AFIP ha dicho que la empresa no ha cancelado la deuda.

Pero hay algo más: el magistrado advirtió que Derudder, Paccot y Messina tienen una causa penal en trámite por lavado de activos de origen delictivo, por lo cual tampoco podría decretarse la extinción de la acción penal, sino a lo sumo una suspensión condicional.

Pero la Cámara Federal de Apelaciones tiene otra postura: considera “desacertada” la decisión del juez y advierte en cambio que “resulta evidente la posibilidad de que en el caso (…) pueda declararse extinguida la acción penal”. No obstante, el tribunal no decretó explícitamente el sobreseimiento, sino que mandó al juez indagar si Derudder y sus adláteres habían cancelado la deuda y, si así ocurrió, debía exculparlos.

Fuente: Página Judicial.

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