Se propicia la creación de una Red Nacional de Centros de Integración Social y la implementación de políticas activas para el acceso a una vivienda digna de las personas en situación de calle.
El Gobierno Nacional promulgó la Ley 27.654 sobre personas en “Situación de Calle y Familias Sin Techo”, mediante el Decreto 183/2023, que lleva la firma del presidente de la Nación, Alberto Fernández, del Jefe de Gabinete de Ministros, Agustín Rossi, y de la Ministra de Desarrollo Social, Victoria Tolosa Paz.
Dicha Ley, que tiene por objetivo la “protección, garantía integral y operatividad de los derechos humanos de las personas en situación de calle”, encomienda al Poder Ejecutivo Nacional la elaboración y desarrollo de una política pública integral que procure asegurar el acceso a bienes públicos como la educación, la salud, el trabajo, la vivienda, el ocio, y la seguridad.
Con la normativa promulgada se dispone también la creación de una Red Nacional de Centros de Integración Social, que funcione permanentemente las 24 horas y los 365 días del año. Estos centros brindarán servicios asistenciales básicos como alojamiento, alimentación, higiene, cuidados de la salud, además de actividades de capacitación y ocupación.
Se prevé que el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat, en el marco de los programas de construcción de viviendas que financie, deberá articular con las provincias y municipios para garantizar el “acceso a una vivienda digna de las personas en situación de calle”.
Se destaca, entre los antecedentes citados en los considerandos del decreto, lo realizado en Brasil con la Política Nacional para la Inclusión Social de la Población en Situación de Calle, publicada en el 2008 por el mandatario Ignacio “Lula” Da Silva; y, por último, la Ley 130 del Gobierno de Puerto Rico creadora del “Concilio Multisectorial en Apoyo a la Población sin Hogar”.