Se promulgó la nueva Ley de Certificado Único de Discapacidad

Propone “flexibilizar los requisitos para su otorgamiento” y expender el carnet “con o sin fecha de vencimiento”. Conocé los detalles.

Se promulgó la Ley de Certificado Único de Discapacidad 27.711 demarcando que “el Certificado Único de Discapacidad (…) se expedirá con o sin fecha de vencimiento”. La normativa publicada hoy en el boletín oficial además propone flexibilizar “los requisitos para su otorgamiento”. 

La definición dinámica de discapacidad es tomada de la Convención Sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, incluyendo a aquellas personas con “deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás”.

La Agencia Nacional de Discapacidad es la encargada de la actualización del Certificado Único de Discapacidad.

La normativa fue aprobada en la sala de sesiones del Congreso Argentino, a los trece días de abril y registrada bajo el número 27.711. El texto permite a la persona beneficiaria “poder solicitar la actualización del Certificado en cualquier momento”. El Poder Ejecutivo nacional tiene 90 días para reglamentar la presente ley, a partir de la fecha de su promulgación.

Por último, de acuerdo a la citada Convención Sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad los Estados Partes se comprometen a “asegurar y promover el pleno ejercicio de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales de las personas con discapacidad sin discriminación alguna por motivos de discapacidad”. Uno de los puntos compromete a los Estados a  “adoptar todas las medidas legislativas, administrativas y de otra índole que sean pertinentes para hacer efectivos los derechos reconocidos en la presente Convención”. 

Fuente: palabras del derecho

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