La medida rige para quienes deban realizar escolaridad virtual y se encuentren inscriptos en establecimientos educativos del AMBA.
Por medio de la Decisión Administrativa 378/2021, publicada hoy en el Boletín Oficial, el Ejecutivo Nacional dispuso el otorgamiento de licencias hasta el 30 de abril del corriente a las trabajadoras y los trabajadores que presten servicios en las Jurisdicciones, Entidades y Organismos de la Administración Pública Nacional y se encuentren a cargo de niños, niñas o adolescentes de menos de 14 años de edad.
Para asistir niños, niñas y adolescentes con Certificado Único de Discapacidad a cargo de dicho personal no regirá el límite de menos de 14 años de edad.
La licencia podrá ser solicitada por la o el agente, en la medida que se encuentre declarado el vínculo con los niños, las niñas y los y las adolescentes en sus legajos personales.
La Decisión alcanza a aquellos casos que deban realizar escolaridad virtual y se encuentren inscriptos en establecimientos educativos del Área Metropolitana de Buenos Aires. En el supuesto de que ambos progenitores convivientes presten servicios en el Sector Público Nacional, la justificación se otorgará solo a uno de ellos o una de ellas.
Asimismo, se invitó a los poderes Judicial y Legislativo Nacional, a la provincia de Buenos Aires, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a los municipios del AMBA para que adopten medidas similares.
Fuente: Palabras de Derecho