Se ordenó la supresión del apellido paterno de una persona que no tenía relación con su padre

Así, mantuvo el apellido de su madre, quien la crió y educó.

Se trata de una decisión de la jueza a cargo del Juzgado de Familia n° 7 de La Plata, Karina Bigliardi, al entender que existen justos motivos para hacer lugar a la acción iniciada por una joven, con el fin de cambiar su apellido paterno y mantener únicamente el materno. Según el art. 69 del Código Civil y Comercial, «el cambio de prenombre o apellido sólo procede si existen justos motivos a criterio del juez.»

En este caso, la joven manifestó que su padre biológico “nunca se comportó como tal, sino por el contrario fue una persona distante con ella, nunca la trato con cariño, nunca se preocupó por su bienestar” y que “fue su madre quien la crió, educó y quien estuvo a su lado”. “El apellido de su padre no identifica su pertenencia familiar, ni las personas que la acompañaron en su desarrollo tanto afectiva, como económicamente”.

Fuente: Palabra de Derecho

Fuero: Familia
Tribunal: Juzgado de Familia n° 7 de La Plata
Voces: apellido paterno, identificación, pertenencia familiar
Fallo relacionado: JURISPRUDENCIA – RESPONSABILIDAD PARENTAL. Falta de contacto paterno filial. Solicitud de cambio de apellido de menor de edad. Justos motivos. Procedencia.

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