En el marco de la causa «B. R. J. s/ sucesión ab-intestato», la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de La Plata ordenó fijar en pesos, y no en dólares estadounidenses, y con criterios de actualidad -a la fecha de la estimación- el valor que constituye la base para regular los honorarios de los abogados intervinientes en un proceso sucesorio donde el acervo hereditario estaba conformado por bienes inmuebles.
Corresponde estimar con criterios de actualidad y en moneda nacional la base para regular los honorarios de los letrados actuantes en una sucesión cuyo valor económico está dado por el de los inmuebles incorporados al patrimonio de los justiciables a través de dicho proceso, ya que si bien es usual que los inmuebles se vendan en dólares y puede acompañarse una tasación de cada bien raíz en esa moneda -es lo usual en el mercado-, los honorarios se regulan en pesos, por lo que la base de cálculo también debe ser determinada en esa moneda.
En la fijación de la base para regular los honorarios de los profesionales actuantes en una sucesión cuyo valor económico está dado por el de los inmuebles incorporados al patrimonio de los justiciables a través de dicho proceso, no corresponde aplicar el criterio de la causa ‘Armanini’ , en la cual se tomó, para fijar la base arancelaria, el valor más bajo por medio del cual, legal y efectivamente, a la fecha de la liquidación, se podían obtener dólares estadounidenses billetes, ya que en ese caso el contrato que daba origen al proceso era en dólares y se consideró a la moneda estadounidense como clausula esencial, fijando que en caso de no ser posible obtener dólares billetes, el precio sería el de la cotización del peso en la Bolsa de Nueva York.
Fuente: MicroJuris
Fuero: Civil
Tribunal: Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de La Plata
Voces: dólar oficial, base regulatoria de honorarios, acervo hereditario