La Directora Ejecutiva de la ANSeS fijó un aumento jubilatorio del 8,07% para este mes, lo que lleva la jubilación mínima a $20.571
En el Boletín Oficial publicado el pasado domingo, se publicó la Resolución 48/21 de la Directora Ejecutiva de la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSeS), por la que se estableció el valor de la movilidad prevista en el artículo 32 de la Ley 24.241, correspondiente al mes de marzo de 2021, en 8,07%.
Dicho porcentaje es de aplicación a las prestaciones previsionales otorgadas en virtud de la citada ley, de regímenes nacionales generales anteriores a la misma y sus modificatorias, de regímenes especiales derogados, o por las ex-cajas o institutos provinciales y municipales de previsión cuyos regímenes fueron transferidos a la Nación. Además, la movilidad aprobada tiene efecto sobre los montos de las asignaciones familiares y universales y a los rangos de ingresos del grupo familiar previstos en la Ley 24.714.
De esta manera, el haber mínimo jubilatorio asciende a la suma de $20.571, mientras que la Asignación Universal por Hijo (AUH) a la de $ 4.017.
Fuente: Palabras de Derecho.